PROGRAMA HAZITEK - Ayudas I+D Competitiva y Experimental para el desarrollo de productos y procesos

Paula Moliner,

Fecha límite presentaciónhasta las 23:59 horas del 16/03/2023

90M de euros en ayudas para la investigación y el desarrollo en las empresas vascas

El programa de ayudas a la I+D Hazitek 2023 se ha diseñado para promover Proyectos de Investigación y Desarrollo, tanto en las PYMES, como en las grandes empresas y las asociaciones de empresas vascas.

Desde el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco se pone en marcha la convocatoria del programa Hazitek que integra en una única norma 2 líneas diferenciadas:

a) Actividades de Investigación Industrial. Están encaminadas a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes. Permiten alcanzar un nivel de madurez tecnológica equivalente a un TRL4 («Technology Readiness Level»).

b) Actividades de Desarrollo Experimental. La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. Permiten alcanzar un nivel de madurez tecnológica equivalente a un TRL7 («Technology Readiness Level»).

El programa está compuesto por subvenciones no reintegrables, para dotar de los recursos necesarios a la Investigación Industrial o el Desarrollo Experimental y su presupuesto se divide en dos grupos en función del carácter competitivo o estratégico de los proyectos.

El objeto de la presente Orden es regular el programa de ayudas para el apoyo a la realización de Proyectos de Investigación Industrial o Desarrollo Experimental, tanto de carácter competitivo como de carácter estratégico, en el sector empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en los ámbitos de especialización enmarcados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación, Euskadi 2030.

Entidades beneficiarias

Las empresas: Grandes Empresas o PYMEs. Se entenderá por PYMEs, las pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del Reglamento general de exención por categorías, las empresas que empleen a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros. Asimismo, se entenderá por pequeñas empresas las que empleen menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 10 millones de euros. En ambos supuestos, el cómputo de dichos efectivos y límites en caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará como disponen los artículos 4, 5 y 6 del citado Anexo I del Reglamento general de exención por categorías.

Proyectos subvencionables

Proyectos de Investigación y Desarrollo de carácter competitivo

  • PPTO Total: 100.000 €/año como mínimo
  • PPTO por participante: 50.000€/año mínimo
  • Actividades de I+D orientadas al desarrollo de productos/procesos/servicios originales y superiores a los ya existentes
  • Actividades de I+D orientadas al uso o la generación de conocimiento comercializable para crear nuevas empresas
  • Proyectos de I+D desarrollados de forma individual o en cooperación entre dos o más entidades

Proyectos de Investigación Industrial y de Desarrollo Experimental en sectores estratégicos

  • PPTO Total: 4M € como mínimo.
  • Duración máxima de 3 años.
  • Proyectos de carácter estratégico en los ámbitos de Industria Inteligente, Energías Limpias y Salud Personalizada
  • Proyectos que ejerzan un efecto tractor sobre la economía del País Vasco, favoreciendo la intervención de las Pymes y el acceso al Programa Horizonte Europa.
  • Investigación en cooperación entre, como mínimo, 3 empresas y agentes de la RVCTI en calidad de subcontratados.

Cuantía de las Ayudas.

1.– La subvención a conceder a cada proyecto será la resultante de aplicar la intensidad máxima de ayuda prevista en el siguiente apartado 4 sobre el presupuesto de gastos subvencionables aceptado para cada uno de los proyectos aprobados.

2.– Si la dotación económica global destinada a la financiación de la convocatoria no alcanzara para atender todas las solicitudes en los términos establecidos en el párrafo anterior, se procederá al prorrateo entre las entidades beneficiarias del importe global máximo destinado a las subvenciones para cada categoría de proyectos subvencionables, en base a la puntuación obtenida en la evaluación del proyecto.

3.– Las subvenciones tendrán carácter anual para los proyectos de carácter competitivo, y plurianual, según la duración del proyecto, para los proyectos de carácter estratégico, siendo, como máximo, para 3 ejercicios.

4.– Los límites de las ayudas (subvenciones no reintegrables) a conceder a cada entidad beneficiaria, para las actividades de I+D podrán alcanzar, sobre los presupuestos de gastos subvencionables aprobados, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 25.5 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, hasta los siguientes porcentajes máximos:

a) Para los proyectos de carácter competitivo:

1.– Para proyectos de Investigación Industrial: hasta el 40 % de los costes subvencionables de acuerdo con la puntuación obtenida en los criterios de evaluación clave.

2.– Para proyectos de Desarrollo Experimental: hasta el 25 % de los costes subvencionables.

3.– Para los proyectos en cooperación transnacional, como es el caso de las iniciativas ERANETs o de los Partenariados Europeos, un 5 % adicional de los costes subvencionables, siempre que ninguna empresa corra por si sola con más del 70 % de los costes subvencionables.

4.– En cualquier caso, el montante máximo de la subvención no reintegrable será de 250.000 euros por entidad beneficiaria y año.

b) Para los proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental de carácter estratégico:

1.– Para proyectos de Investigación Industrial: hasta el 50 % de los costes subvencionables de acuerdo con la puntuación obtenida en los criterios de evaluación clave.

2.– Para proyectos de Desarrollo Experimental: hasta el 25 % de los costes subvencionables.

Programa Cofinanciado por la Unión Europea


Ver: Normativa Programa Hazitek


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