Subvenciones para apoyar la estrategia y acción internacional de las pymes de la CV 2025

Paula Moliner,

Dirigido a: Pymes con sede social en la CV

Presentación solicitudes: desde  el 16 de mayo de 2025 hasta el 20 de junio de 2025 (a las 23:59:59 horas)

Fecha límite justificación: 13 de febrero de 2026

Objetivo

Apoyo a la estrategia y acción internacional de las pymes de la Comunitat Valenciana mediante procesos de consultoría especializada, incluido el servicio de apoyo o acompañamiento por parte de expertos en cualquier fase del proceso de internacionalización.

Tipo de ayuda e intensidad

  • Subvención hasta el 90% de los gastos elegibles (IVA excluido), con un límite máximo subvencionable de 40.000 €.

  • Hasta el 100% de subvención para empresas afectadas por el temporal del 29 de octubre de 2024, con sede o centros productivos en los municipios recogidos en el Decreto 164/2024.

Empresas Beneficiarias

Pymes con sede social en la CV

Actuaciones apoyables

Gastos externos de consultoría estratégica dirigidos a mejorar la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional, así como los costes externos de acompañamiento en estos procesos

Solo se admitirá la presentación de una solicitud por empresa solicitante, si bien podrá contener petición de subvención para varias modalidades de consultoría especializada, o del servicio de acompañamiento, en función de sus necesidades.

Costes subvencionables

Costes que podrán ser subvencionados, siempre que estén prestados por consultoras especializadas en las respectivas áreas de la actividad internacional:

a) Consultoría estratégica para la definición o revisión de la estrategia exportadora de la empresa, consultoría estratégica sobre digitalización de la actividad internacional (incluyendo marketing digital, canales on-line de comercialización en el exterior, inteligencia artificial aplicada a la internacionalización, etc.) y/o consultoría estratégica dirigida al diseño, desarrollo y posicionamiento de la marca en los mercados internacionales

b) Consultoría estratégica sobre compra pública internacional.

c) Consultoría estratégica para la adopción de prácticas que promuevan los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), circunscritas a procesos de internacionalización.

d) Consultoría estratégica o contratación de servicios profesionales necesarios para la constitución de filial o sucursal de la empresa en el exterior (asesoramiento legal, fiscal y/o laboral, RRHH, o inmobiliario, entre otros).

e) Consultoría estratégica sobre cualquier otro aspecto no reflejado en los puntos anteriores, especializado de la internacionalización de las empresas, como aquella asociada a la financiación internacional, logística, etc. que deberán ser justificados por la empresa en la memoria a aportar a IVACE en la fase de solicitud.

f) Servicios de apoyo o acompañamiento externo de carácter periódico o puntual, excluyendo expresamente servicios retribuidos por comisiones por venta por parte de expertos/as en cualquier fase del proceso de internacionalización (export manager externo, community manager para mercados internacionales, servicios de seguimiento de los planes resultantes de las consultorías realizadas con anterioridad, tramitaciones ante autoridades extranjeras, etc.).

Los proyectos objeto de subvención deberán iniciarse entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025. El proyecto no podrá haber finalizado antes de la fecha de solicitud de la ayuda.

Solicitud hasta el 20 de junio de 2025 (a las 23:59:59 horas)

La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de entidad emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Asimismo la entidad solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/).

La tramitación de la solicitud supone la firma de la misma y de sus anexos, y se presentará en el registro telemático del IVACE a través de su página web.

Solo se admitirá la presentación de una solicitud por empresa solicitante, si bien podrá contener petición de subvención para varias modalidades de consultoría estratégica y/o de servicios de apoyo o acompañamiento externo, en función de sus necesidades; en todo caso, si por cualquier circunstancia una misma empresa solicitante presentara diferentes solicitudes, se considerará válida la última registrada en plazo.

Justificación
Presentación de documentación para la justificación hasta  el 13 de febrero de 2026.

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