Plazo solicitud: desde el 5 de junio de 2021 a las 9.00 horas, y hasta que se agote el presupuesto disponible o, como máximo, el día 30 de junio de 2023, sin haberse cursado solicitudes suficientes para agotar el presupuesto disponible
El Ministerio para la Transición Ecológica ha alargado el plazo del Programa de ayudas a las actuaciones de eficiencia energética en PYME y grandes empresas del sector industrial hasta el 30 de junio de 2023 y se ha incrementado el presupuesto del Programa para cada comunidad autónoma.
En el caso de Cataluña, la ampliación de presupuesto del Programa de ayudas es de 35 M€. Y esta dotación ha sido incrementada en 25 M€ más.
La segunda convocatoria La segunda convocatoria tiene casi las mismas características y requisitos que la convocatoria anterior, excepto en cuanto al plazo para solicitar las ayudas, que se ha ampliado hasta el 30/06/2023 y en cuanto al método de cálculo de el importe de la ayuda, que también ha quedado modificado.
Todas las empresas interesadas deberán formalizar nuevamente su solicitud de ayuda, y lo podrán hacer a partir del día siguiente de la publicación en el DOGC de la nueva convocatoria, es decir, a partir del 5 de junio de 2021
Segunda convocatoria del programa gestionada por ICAEN: Línea de ayudas de 35 millones de euros para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa para el sector industrial regulado por el Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, que modifican las bases reguladoras publicadas en el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril.
El principal objetivo es que Cataluña alcance en 2050 una economía y una sociedad de baja intensidad en el consumo de recursos materiales, baja intensidad energética y neutralidad carbónica. Objetivos fijados en el horizonte 2030 desglosados en:
El sector industrial con los proyectos subvencionados esta fomentando la descarbonización de todos los sectores consumidores y con especial relevancia, el ahorro de energía, la eficiencia energética, el aprovechamiento de energías térmicas del entorno y el incremento de productividad con el mismo consumo energético
El Fondo Nacional de Eficiencia Energética es gestionado por el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) provenientes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional; y en Cataluña son gestionados por el ICAEN.
Los beneficiarios de las subvenciones son pymes y grandes empresas del sector industrial, y empresas tratadoras de residuos. También lo son las empresas de servicios energéticos (ESE) que actúan en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas indicadas.
Resumen:
Objeto
El objeto de este programa de ayudas es incentivar y promover la realización de actuaciones en el sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética
Beneficiarios
Las pymes o grandes empresas manufactureras con CNAE 2009 del 07 al 11 y del 13 al 33 y las empresas o entidades propietarias de plantas de tratamiento de residuos, efluentes o tratamientos de agua que sean propiedad de una empresa con CNAE del 35 al 39.
Plazos
El plazo de solicitud es desde el 04/06/2021 hasta el 30/06/2023.
Líneas
a) Tipología 1. Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
b) Tipología 2. Implantación de sistemas de gestión energética.
Cuantía de la ayuda
La cuantía máxima de las ayudas será, para cada uno de los proyectos, la menor de las tres siguientes:
a) El 30% de la inversión elegible del proyecto.
b) Les cuantías resultantes de aplicar los siguientes porcentajes con carácter general sobre el coste subvencionable:
- 30% del coste subvencionable para gran empresa donde se realiza el proyecto.
- 40% del coste subvencionable para mediana donde se realiza el proyecto.
- 50% del coste subvencionable para pequeña empresa donde se realiza el proyecto.
c) La cuantía máxima de ayuda por proyectos, en un mismo establecimiento industrial, es de 8.000.000 de euros
Se establece un importe mínimo de inversión elegible por solicitud de mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales (tipología 1) de 75.000 euros.
Se establece un importe mínimo de inversión elegible por solicitud por implantación de sistemas de gestión energética (tipología 2) de 30.000 euros.
Gastos y actuaciones elegibles
a) Tipología 1. Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Inversiones en sustitución de equipos e instalaciones, así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilizan tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible (MTD) de ahorro y eficiencia energética, con el fin de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2. El ratio económico energético máximo será de 14.379,00 euros (inversión elegible) / tep (ahorro de energía final en un año).
b) Tipología 2. Implantación de sistemas de gestión energética.
Inversiones para la implantación de sistemas de gestión energética con el fin de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales. La mejora de la eficiencia energética, para la implantación de un sistema de gestión energética, debe comprender las actuaciones necesarias, tanto a nivel de medida de las variables de consumo de energía como para la instalación de los elementos de regulación y control de los parámetros de proceso e implementación de los sistemas informáticos para el análisis, regulación y control; también para el funcionamiento óptimo de la instalación, la reducción de los consumos de energía final y de costes, la disminución de emisiones y para proporcionar la información de forma rápida y precisa, necesaria para la gestión energética de la instalación.
Documentos y guías con información complementaria
Documentación oficial
4 Septiembre 2025
Tras la aprobación por la Resolución de 31 de julio de 2025, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, artesanía y consumo, se procede mediante la presente resolución a efectuar la convocatoria de dichas ayudas en ella reguladas para el ejercicio 2025.Estas subvenciones suponen una importante herramienta dirigida a impulsar, fomentar, apoyar y promover los sectores del comercio y la artesanía, así como a la defensa de las personas consumidoras, en su búsqueda de la mejora de la competitividad, la modernización, la digitalización y ...
1 Septiembre 2025
Plazo solicitudes del 15 de septiembre al 15 de octubre 2025
Se ha publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones dirigidas a la reactivación económica en los municipios afectados por la dana y su extracto.
Objetivo
Fomentar el emprendimiento en los municipios afectados por la dana, apoyando a las empresas que han reabierto sus negocios dañados por el temporal ocurrido el 29 de octubre de 2024 o que han iniciado una nueva actividad económica.
Beneficiarios
a) Ser empresa que ejerza una actividad económica. A ...
1 Septiembre 2025
Se convocan ayudas para el ejercicio 2025 dirigidas a reactivar la actividad económica en el comercio de proximidad y la artesanía local en el ámbito territorial de las entidades locales afectadas por la DANA, iniciada en la Comunitat Valenciana el día 29 de octubre de 2024, relacionadas en el anexo III de la resolución, con la finalidad de coadyuvar en la reconstrucción, renovación y reactivación del sector comercial y artesano en la zona afectada, mediante la implantación del bono comercio, la modernización de las infraestructuras y equipamiento de los mercados municipales, la realización de los planes de acción comercial y ...