Publicación de la convocatoria anticipada de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales para el 2022. Industria.
El DOGV ha publicado esta semana la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2022, de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de la pymes industriales de los sectores de la
automoción, espacial y sector de la aeronáutica; biotecnología, producción audiovisual, de videojuegos, de animación y de realidad aumentada y virtual; cuero y calzado; cerámica, vidrio y materiales de construcción no metálicos; envases y embalajes; juguete; madera, muebles y aparatos de iluminación; mármol, piedra natural y áridos; metal-mecánico; papel y artes gráficas; plástico; químico; textil; valorización de materiales, de la Comunitat Valenciana, dentro de la quinta fase de implantación del Plan Estratégico de la Industria Valenciana.
Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directa o indirectamente a los sectores industriales citados, que tengan como CNAE de su actividad principal alguno de los descritos en el ANEXO I de la convocatoria, conforme a la Clasificación Nacional de Actividades de Actividades Económicas
(CNAE 2009).
Actuaciones subvencionables
- Proyectos de inversión que supongan la creación de un nuevo establecimiento industrial, la ampliación, mejora o modernización de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento, a excepción de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.
- Proyectos de presupuesto mínimo subvencionable 20.000 € (IVA excluido), salvo para los sectores de la biotecnología, la producción audiovisual, de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual que será de 10.000 € (IVA excluido).
- La puesta en funcionamiento de los proyectos deberá producirse entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de justificación de la subvención.
Gastos subvencionables
- Adquisición y mejoras de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción, con las exclusiones recogidas en la convocatoria.
- Adquisición, diseño a medida, implantación y puesta en funcionamiento de activos inmateriales directamente vinculados a la producción industrial.
- Registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos.
- Certificación u otras formas de homologación o normalización de productos.
- Contratación externa de ingeniería industrial siempre que sean claramente necesarios para la ejecución del proyecto de inversión.
- Gastos de auditoria para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención.
Ayuda
Subvención del 35 % de los gastos subvencionables, sin superar los límites establecidos en el
Reglamento europeo de minimis.
Solicitud y plazo
La solicitud de la ayuda se tramitará de forma telemática a través de la Sede electrónica de la Generalitat.
El plazo para presentar solicitudes será del
11 de enero hasta el 4 de marzo de 2022, ambos días incluidos
.
Más información:
Ayudas AVALEM ARTESANIA (CMAPY4)
Publicado en el DOGV la
RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2021, de la directora general de Comercio, Artesanía y Consumo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2022 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía.
Objetivo
Incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes artesanas y en sus productos.
Las ayudas irán destinadas a financiar la profesionalización del sector y los gastos a realizar en la promoción y comercialización de los productos realizados por las pymes artesanas con domicilio social en la Comunitat Valenciana
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes (quedando excluidas las que realicen actividad de reparación o mantenimiento):
- Que NO sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
- Y que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA) debidamente actualizado y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que acredite su condición de artesana.
Las beneficiarias de estas ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituidas.
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no haber sido sancionada por resolución administrativa firme, conforme a lo establecido en el título VI de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias (frente a la Generalitat y a la AEAT) y de Seguridad Social.
- No ser deudora por reintegro de subvenciones.
Las beneficiarias deberán mantener estos requisitos durante el ámbito temporal de la ayuda.
Actuaciones Apoyables
Los
gastos susceptibles de obtener financiación por estas ayudas son:
- Participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano. Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los gastos de alquiler de espacio y stand, así como los de montaje, desmontaje, decoración y rotulación de este.
- Gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca, así como los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.
- Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.
- Acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocionalmente los gastos de matrícula y otros conceptos generados por la entidad organizadora.
- Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio, según su actividad artesana, organizado por entidades formativas, independientemente del lugar en que se realicen. Se consideran susceptibles de recibir apoyo único.
EN EL EJERCICIO 2022 se consideran apoyables las actuaciones realizadas DESDE EL 1 DE ENERO DE 2022 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2022.
Únicamente en el supuesto de ASISTENCIA Y REALIZACIÓN DE CERTAMENES O MANIFESTACIONES FERIALES, el plazo de las actuacciones susceptibles de apoyo se prolongará hasta el 20 DE NOVIEMBRE DE 2022. EXCEPCIONALMENTE, podrá realizarse hasta el 11 de DICIEMBRE DE 2022, siempre que quede justificado por el carácter sectorial específico o por celebrarse fuera del territorio nacional.
Cuantía de la ayuda
La ayuda a conceder por solicitante será de hasta el 50% con el límite de 5.000,00 euros. En el caso de en que la persona artesana participe, y solicite apoyo para ello, en un certamen fuera del territorio español este límite será de 7500 euros.
En el caso de desarrollarse en el mismo local o establecimiento distintas actividades, a los efectos del Impuesto de Actividades Económicas, se considerarán únicamente las actuaciones directamente vinculadas a la actividad apoyable.
Por otro lado, aquellas actuaciones que, estando directamente vinculadas a la actividad apoyable, sean susceptibles de aprovechamiento para el desarrollo de las actividades no apoyables en el mismo local o establecimiento, deberán prorratearse tomando como referencia el volumen de negocio atribuible a cada actividad.
Solicitud y plazo
La solicitud de la ayuda se tramitará de forma telemática a través de la Sede electrónica de la Generalitat.
Plazo solicitudes del 10 de enero al 4 de febrero 2022.
Asesoramiento y tramitación de ayudas FEDAI
Si necesitas delegar la tramitación de la ayuda,
FEDAI puede actuar como representante autorizado y gestor de estas ayudas.
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963.01.86.86 o escríbenos a
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